En las instrucciones de inicio de curso 2016-17 se hace referencia a una nueva figura que debe de crearse en los centros educativos. Esta figura es la del coordinador/a de convivencia e igualdad, pues bien, la creación de esta figura viene contemplada en la legislación de las Cortes Valencianas que lleva el título de Resolución 98/IX y que fue publicada en el BOCV 47/IX de fecha 11/01/2016.
Ahora bien,
¿qué dice esta resolución?
A continuación dejo algunos datos sobre esta normativa, que podrás consultar haciendo clic sobre los enlaces.
Resolución 98/IX, sobre la creación de la figura de coordinador/a de igualdad en todos los centros educativos, aprobada por la Comisión de Política Social y Ocupación en la reunión del 9 de diciembre de 2015.
RESOLUCIÓN
- Adoptar las medidas necesarias para lograr que en todos los centros educativos, y de forma estable, se implemente la figura del coordinador/a de igualdad que integre las medidas necesarias para la igualdad real y efectiva de género. Deben ser personas del centro que hayan recibido formación en este campo, impartida por un agente de igualdad con formación acreditada.
- Las condiciones requeridas para la acreditación como agente de igualdad sea un Máster de 60 ECTS (1500h) con homologación de 600h de formación en igualdad, 300 de las cuales serán realizadas en un curso según los criterios de la FEPAIO. Además deberá acreditar algún contenido en coeducación y que el máster esté acreditado por ANECA.
- Funciones a desarrollar:
- Prevención de la violencia de género
- Implementación, seguimiento y evaluación de protocolos para prevenir y actuar en casos de acoso sexual. Detección de pautas violentas sesgadas por sexo/género en casos de acoso escolar no concretado en acoso sexual [...] prestando especial atención a los casos de diversidad funcional y al impacto de las TIC y las redes sociales cibernéticas.
- Educación afectiva, sexual y de autoestima desde la igualdad
- Educación en prevención y trastornos alimenticios en jóvenes
- Implementación de un lenguaje no sexista
- Educación en Derechos Humanos desde la perspectiva de género
- Implementación de bibliotecas de género donde el profesorado tenga material con el que trabajar
- Promoción de iniciativas relacionadas con la adquisición de habilidades y modelos que diversifiquen las opciones académico-profesionales que eliminen estereotipos y roles.
- Implementar criterios en el Claustro y el Consejo Escolar para la elaboración y/o revisión del PEC y de las normas de organización y funcionamiento del centro[...]
- Implementar la formación del profesorado en perspectiva de género
- Implementar la formación de familias y representantes legales del alumnado en materia de igualdad de sexos.
- Favorecer vías de coordinación con otras instituciones y profesionales del área.
- Seguimiento de las políticas que implemente.
- Implementar un protocolo de igualdad de género de las personas con Diversidad Funcional.