Anteriormente se ha realizado un repaso de las leyes educativas españolas focalizando la atención en la atención a la diversidad y la educación inclusiva. Ahora toca centrar la atención sobre las necesidades educativas especiales, en los que la integran y en las medidas para su atención, repasando la legislación vigente.
Derechos de las personas con discapacidad y su inclusión social
Bajo este nombre tan largo se publicó en 2013 el
Real Decreto Legislativo 1/2013 en la que se garantiza el
derecho a la igualdad de oportunidades, trato y ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad en igualdad de condiciones que el resto de personas.
En esta ley, además, aparecen definidos los términos: discapacidad, igualdad de oportunidades, discriminación directa/indirecta/por asociación, acoso, medidas de acción positiva, vida independiente, normalización, inclusión social, accesibilidad universal, diseño universal o para todas las personas, ajustes razonables, diálogo civil, y transversalidad de las políticas en materia de discapacidad. Algunos de ellos, a su vez, son los que se reconocen como principios de la ley.
Se define a las personas con discapacidad como aquellas que presentan deficiencias física, mentales, intelectuales o sensoriales que pueden impedir su plena y efectiva participación en la sociedad. También lo son aquellas que cuenten con un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
Las medidas establecidas en la ley se aplicarán en los ámbitos de: telecomunicaciones y sociedad de la información; espacios públicos urbanizados, infraestructuras y edificación; trasportes; bienes y servicios públicos, relaciones con las administraciones públicas, administración de justicia, patrimonio cultural y empleo.